Carta Magna, su emblema.

Palabras de José Antonio Primo de Rivera, jefe de Falange Española de las J.O.N.S

"La noticia de que José Antonio Primo de Rivera, jefe de Falange Española de las J.O.N.S., se disponía a acudir a cierto congreso internacional fascista que está celebrándose en Montreaux es totalmente falsa. El jefe de Falange fue requerido para asistir; pero rehusó terminantemente la invitación, por entender que el genuino carácter nacional del Movimiento que acaudilla repugna incluso la apariencia de una dirección internacional. Por otra parte Falange Española de las J.O.N.S. no es un movimiento fascista; tiene con el fascismo algunas coincidencias en puntos esenciales de valor universal; pero va perfilándose cada día con caracteres peculiares y está segura de encontrar precisamente por ese camino sus posibilidades más fecundas".

sábado, 3 de octubre de 2009

Felipe Sánchez Román - Diario de Sesiones, 6 de mayo de 1932 (3ª parte)

La representación del Gobierno de la República en la región autónoma de Cataluña (no para las funciones generales que el Estado se reserva, porque en éstas no sería vigilancia, sino propia y directa ejecución), sino, como muy bien dice el Estatuto (no en balde han acumulado ahí su saber los mejores técnicos catalanes), la que actúa en el ámbito de las funciones privativas de la región, la confiere el Estatuto –y aquí está el equivoco- al presidente de la Generalidad de Cataluña, el mismo que, a su vez, tiene la representación de Cataluña ante la República española.

Y esto, señores diputados, s lo que no puede ser, a mi juicio, sin una grave contradicción. Poner en cabeza de una misma personalidad de esta organización política la representación de la región ante el Estado y la representación del Estado en la región en aquellas funciones que la región realiza, me parece que es colocar al presidente de la Generalidad en una representación contradictoria para el manejo de altísimos intereses generales, que ni siquiera las normas fáciles del comercio privado, de los intereses particulares, han autorizado por regla general, y sí únicamente por excepción tasada, semejante doble representación antagónica. El presidente de la Generalidad, en función de representar, a las veces, intereses posiblemente en pugna, porque para eso es precisamente el dotar al Estado español de vigilancia en la organización de la región, tendría que volverse de espaldas o como presidente de la Generalidad o como delegado de la representación de la República española. Yo digo que en ese precepto estatutario está reconocida la necesidad de la vigilancia por el Estado, como un atributo indeclinable, y afirmo que, si así está reconocido, no puede ser en principio compatible la representación contradictoria que se hace encarnar en el presidente de la Generalidad. Pero, además, este derecho de control tiene un segundo plano, una segunda actividad, totalmente preteridos en el dictamen de la Comisión parlamentaria. Yo los voy a exponer en este punto, casi a sabiendas de que no habrá concordia posible; pero tengo el deber, o por lo menos creo cumplirlo, de exponer objetivamente mi convicción, para que sirva de una experiencia adelantada a lo que constantemente puede suceder en la práctica de este régimen autonómico de la región de Cataluña. Esta segunda fase es que el Estado, así como ha de estar vigilante, y no por noticia, sino por presencia, ha de estarlo para algo. Y ¿para qué puede estarlo más que para impedir, en garantía del Estado general, el que una autoridad regional, un órgano de legislación o un órgano de ejecución, pero especialmente estos últimos, se extralimiten de la órbita de su propia competencia estatutaria, no ya sólo en una norma, no en una ley, no en un reglamento, sino incluso en una decisión concreta, en un acto que es jurídico precisamente porque lo realiza la autoridad dentro de una competencia legalmente delimitada?

Para estos casos, se me dirá, ahí está el Tribunal de Garantías Constitucionales, para reducir y resolver todos los conflictos de competencia legislativa y también todos los conflictos que puedan surgir entre las autoridades regionales y las generales o del Estado en cualquier orden. Y yo digo, sin perjuicio de que yo acepte en definitiva la opinión siempre más acertada de la Cámara, que hay que tener cuidado con estas equivalencias, porque no es lo mismo evitar un daño por una resolución extralimitada que reparar después un conflicto jurisdiccional ante el Tribunal de Garantías, el resarcimiento teórico de una declaración de derecho en la que se diga que, efectivamente, la autoridad regional, el órgano regional, ha cometido una patente extralimitación que merece y reclama que el Tribunal de Garantías haga una pomposa sentencia diciendo: «En efecto, la región extravasó el límite de su competencia.» Pues bien; de todo esto, ¿qué hay en el Estatuto? De esto no hay nada. El dictamen de la Comisión se ha creído desligado de la necesidad de obtener y aplicar estas directivas que están en la Constitución política misma; en la propia definición de las organizaciones regionales políticoadministrativas, dentro del Estado y compatible con el Estado español, está precisamente esta demarcación autonómica que obliga a semejantes consecuencias.

Y, por último, voy a permitirme retener todavía vuestra atención con tercer principio, al cual doy la máxima y cardinal importancia. Consecuencia de que la organización regional sea un acto de la voluntad del Estado resulta indeclinablemente que el Estado puede remover, revocar, redistribuir las competencias dadas. ¿Qué hay de esto en el Estatuto? En el Estatuto no hay absolutamente nada, y no tengo derecho a decir que este Estatuto de organización regional toma una posición defensiva y desconfiada al sentar como principio el artículo 37 del Estatuto dictaminado por la Comisión, que la iniciativa de las Cortes no podrá promover la revisión del Estatuto. ¿Os hacéis cargo, señores diputados, de lo que es, de lo que representa que nuestra Constitución política nos diga que la cuarta parte de los diputados a Cortes pueden promover con eficacia la iniciativa de reformar la Constitución del Estado, y, en cambio, el Estatuto de la región autonómica sea intangible para las Cortes españolas? Por iniciativa de las Cortes ni siquiera se puede proponer la reforma del Estatuto, no ya realizarla, pero ni siquiera proponerla, porque lo que se niega en el texto del artículo 37 es la validez de la iniciativa de las Cortes. Para reformar el Estatuto es indispensable que actúe el acuerdo del Parlamento catalán, el plebiscito catalán, y cuando el Parlamento catalán y su acuerdo plebiscitado en la región digan que, en efecto, se va a reformar el Estatuto, entonces se remite a las Cortes del Estado español para que aprueben la decisión del Parlamento catalán y el referéndum catalán. Justamente, no quisiera yo argumentar sobre ningún texto que no fuera escrupulosamente recogido, y creo que el dictamen de la Comisión sobre el proyecto de Estatuto de Cataluña dice en este punto así:

«Este Estatuto no podrá ser modificado por iniciativa de las Cortes ni por la del Parlamento catalán, sino mediante el mismo procedimiento seguido para su aprobación.» (Rumores.) He leído el texto, porque advertí en el señor presidente de la Comisión parlamentaria algo asó como su sorpresa, y al advertir yo la sorpresa del presidente de la Comisión parlamentaria, lo que hace es crecer la mía, porque si la participación decisoria, nulamente decisoria, que a las Cortes españolas les está reservada sobre una redistribución de competencia para lo futuro, es a cuenta de seguir el procedimiento de cubrir primero el trámite netamente regional y si no hay este trámite el asunto no llega a las Cortes españolas, porque le habéis negado declaradamente la iniciativa de proponer la reforma de esta distribución… (Rumores.)

Pues ¿qué dice el artículo 37 sino que no se podrá reformar por la iniciativa de las Cortes españolas? (Siguen los rumores.) ¡Ah! Yo lamento que el texto esté tan obscuro que induzca a esta confusión, pero conste que mi lamentación es efímera, porque, al contrario, lo que yo tengo en el fondo de mi conciencia es la mayor alegría de que la Comisión parlamentaria no haya amparado ni un solo instante en su pensamiento la idea de que el Estatuto catalán, una vez aprobado en estas Cortes, es un baluarte inexpugnable contra el cual toda la pontente acción del Poder supremo de estas Cortes o de las posteriores y sucesivas de España no tenga que oír lo que decían los grandes señores cuando llegaba la Justicia: -Señor, que está la Justicia.- Pues que espere en el patio.- No; las Cortes españolas no esperan; las Cortes españolas de hoy, en ejercicio de Poder, tendrán sumo cuidado en no impedir al legislador de mañana, sea cual fuere, la plenitud de sus facultades reformadores, porque entonces llegaríamos verdaderamente a la insensatez de creer que un legislador de hoy puede parar el movimiento político del porvenir (Rumores de aprobación en varios sectores de la Cámara.), que puede estancar la legislación en un punto determinado; y esto, señor presidente de la Comisión parlamentaria, es una construcción demasiado peligrosa para, por lo menos, no haberla dejado esclarecida con una dicción tan pura, tan elegante como la que está precisamente en la facilidad escritora del presidente de la Comisión parlamentaria, que siendo hombre de pluma, y de pluma, y de pluma severísima en el decir, pudo ilustrarnos el precepto con una fórmula tan diáfana, tan transparente que no hubiera dado ocasión ni siquiera a esta duda, que en mí no es reciente, que en mí nace en la intervención del 25 de septiembre, porque entonces, con previsión y ante un texto, por cierto que creo recordar que era igual al del artículo 37 del dictamen de la Comisión (aunque este punto de hecho yo no lo aseguro), ante un texto igual, tuve que dirigirme al presidente de la Comisión parlamentaria de la Constitución Sr. Jiménez de Asúa, y decirle: «Si realmente aquí se acepta el criterio de que las delegaciones de competencia son cesiones irreformables, irrevocables, entonces habremos hecho una dejación permanente de las facultades del Estado.» Y el presidente de la Comisión parlamentaria de la Constitución del Estado (y por eso hoy no quiero que me ocurra lo mismo), que estaba, sin duda, fatigadísimo y ni se enteró de la pregunta, me contestó (como consta en el Diario de Sesiones y más todavía en un reciente y brillantísimo libro que acaba de publicar y cuyo primer ejemplar ha tenido la bondad fraternal de dedicarme): «No hay tal cosa, porque las facultades que ceda el Estado las cede en ejercicio de su libre decisión.» Y esto era no contestar precisamente al problema que entonces, en previsión de futuro, hube de plantear y que tengo hoy que repetir.

Aunque hoy cediéramos con plenitud de albedrío determinada competencia, no tendríamos nosotros derecho nunca a impedir que el Estado español de mañana, en cualquier momento ulterior, deshaga o rectifique –mejor rectificar que deshacer- cualquier competencia imprudentemente delegada en el momento de hoy sin la base de una experiencia histórica. Porque lo más grande es que forjamos este camino para un Estado que vive en la unidad desde una tradición secular, aunque junto a ella haya vivido indebidamente una centralización absurda que yo detesto, y no está de más el que precisemos con toda puntualidad, en consejo de prudencia, que hoy podemos hacer una cesión que la práctica, la realidad, la experiencia de mañana, esté reclamando, de manera inmediata, que rectifiquemos nuestra decisión. Y la política es justamente rectificarse, no por los problemas menudos, sino por la experiencia fundamental, no por la presión de un combate o de una lucha política de encrucijada, sino por afrontar rectamente los resultados de la política nacional para llevarlos al progreso, al éxito, en la mediad que estoy seguro que toda esta Cámara desea con voz unánime. (Muy bien.)

Cierra España.

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Miguel de Unamuno - Diario de Sesiones, Junio de 1932

Estas autoridades de la República han de tener la obligación de conocer el catalán. Y eso, no... Si en un tiempo hubo aquello, que indudablemente era algo más que grosero, de «hable usted en cristiano», ahora puede ser a la inversa: «¿No sabe usted catalán? Apréndalo, y si no, no intente gobernarnos aquí.»... La disciplina de partido termina siempre donde empieza la conciencia de las propias convicciones.

Luis Araquistáin,socialista publica en abril de 1934

"En España no puede producirse un fascismo del tipo italiano o alemán. No existe un ejército desmovilizado como en Italia; no existen cientos de miles de jóvenes universitarios sin futuro, ni millones de desempleados como en Alemania. No existe un Mussolini, ni tan siquiera un Hitler; no existen ambiciones imperialistas, ni sentimientos de revancha, ni problemas de expansión, ni tan siquiera la cuestión judía. ¿A partir de qué ingredientes podría obtenerse el fascismo español? No puedo imaginar la receta".

Alejandro Lerroux, Mis memorias.

“La verdad es, lo he publicado antes de ahora, que el país no recibió mal a la dictadura, ni la dictadura hizo daño material al país. Es decir, no gobernó peor que sus antecesores. Les llevó la ventaja de que impuso orden, corto la anarquía reinante, suprimió los atentados personales, metió el resuello en el cuerpo de los organizadores de huelgas y así se estuvo seis años. Nunca la simpatía personal ha colaborado tan eficazmente en formar de un gobernante como el caso de Primo de Rivera, [...]”

Alejandro Lerroux, Mis memorias.

Frente Popular (Febrero 1936 - Marzo 1939)



Calvo Sotelo, sesion del 16 de junio de 1936.

"España vive sobrecogida con esa espantosa úlcera que el señor Gil Robles describía en palabras elocuentes, con estadísticas tan compendiosas como expresivas; España, en esa atmósfera letal, revolcándose todos en las angustias de la incertidumbre, se siente caminar a la deriva, bajo las manos, o en las manos —como queráis decirlo— de unos ministros que son reos de su propia culpa, esclavos, más exactamente dicho, de su propia culpa...
Vosotros, vuestros partidos o vuestras propagandas insensatas, han provocado el 60 por 100 del problema de desorden público, y de ahí que carezcáis de autoridad. Ese problema está ahí en pie, como el 19 de febrero, es decir, agravado a través de los cuatro meses transcurridos, por las múltiples claudicaciones, fracasos y perversión del sentido de autoridad desde entonces producidos en España entera.
España no es esto. Ni esto es España. Aquí hay diputados republicanos elegidos con votos marxistas; diputados marxistas partidarios de la dictadura del proletariado, y apóstoles del comunismo libertario; y ahí y allí hay diputados con votos de gentes pertenecientes a la pequeña burguesía y a las profesiones liberales que a estas horas están arrepentidas de haberse equivocado el 16 de febrero al dar sus votos al camino de perdición por donde os lleva a todos el Frente Popular".

La memoria analfabeta es muy peligrosa

Pérez-Reverte se embala. No es que le duela España, es que le indigna su incultura, su falta de espíritu crítico. Se revuelve porque, dice, un país inculto no tiene mecanismos de defensa, y “España es un país gozosamente inculto”. Tiene el escritor en la punta de los dedos las batallas, los hombres, las tragedias que han hecho la historia para apuntalar sus argumentos.

- Mi memoria histórica tiene tres mil años, ¿sabes?, y el problema es que la memoria histórica analfabeta es muy peligrosa. Porque contemplar el conflicto del año 36 al 39 y la represión posterior como un elemento aislado, como un periodo concreto y estanco respecto al resto de nuestra historia, es un error, porque el cainismo del español sólo se entiende en un contexto muy amplio. Del año 36 al 39 y la represión posterior sólo se explican con el Cid, con los Reyes Católicos, con la conquista de América, con Cádiz... Separar eso, atribuir los males de un periodo a cuatro fascistas y dos generales es desvincular la explicación y hacerla imposible. Que un político analfabeto, sea del partido que sea, que no ha leído un libro en su vida, me hable de memoria histórica porque le contó su abuelo algo, no me vale para nada. Yo quiero a alguien culto que me diga que el 36 se explica en Asturias, y se explica en la I República, y se explica en el liberalismo y en el conservadurismo del XIX... Porque el español es históricamente un hijo de puta, ¿comprendes?.

Arturo Pérez-Reverte