La historia nuevamente se repite, y se repite cuando se olvida o cuando no se cuenta tal como fue, los mismos problemas que antaño nos llevaron a una guerra fraticida entre hermanos, vuelve a surgir como alma que lleva el diablo.
"A la familia es a la que corresponde, no por derecho, sino por estricto deber, la suprema función instructiva y educadora.
A esto es a lo que aspiramos nosotros para la Universidad: la creación de Universidades que puedan competir con las del Estado; yo defiendo este principio, a pesar de que soy catedrático universitario y perteneciente a un escalafón del Estado".
Lo avanzado de la hora y el estado de fatiga en que, indudablemente, tiene que encontrarse la Cámara van a imponer una extraordinaria brevedad a mi intervención. De buen grado yo quisiera, señores diputados, circunscribirla al aspecto particular del caso que hoy se discute, del cual, en cierto modo, la han apartado algunas palabras del Sr. Companys, que yo me creo en la necesidad de recoger.
De manera constante se viene haciendo referencia a la actitud de nuestra minoría, calificándola de sistemáticamente obstruccionista, tanto en lo que respecta al problema del Estatuto de Cataluña como al proyecto de Reforma agraria. Tengo que recordar aquí que nuestra minoría, ajena a todos lo pactos y convenios que se traducen en las actuales deliberaciones parlamentarias, se limita a usar de un derecho reglamentario defendiendo puntos de vista que obedecen a una convicción y que, en algún caso, han sido incluso recogidos por las Comisiones dictaminadoras, y que, por consiguiente, mal se puede hablar de obstrucción sistemática cuando por la mayoría se estiman tan respetables algunos puntos que son incorporados al proyecto y, en definitiva, convertidos en ley.
Sin afán polémico de ningún género, y para puntualizar el caso actual, voy a recordar uno de obstrucción, que indica perfectamente lo que es esta maniobra parlamentaria tan distinta de la táctica que nosotros seguimos. Cuando en este Parlamento se discutió una ley tan interesante como la reforma del régimen municipal, que podía ser base para la solución del problema regionalista, la Cámara discutió la totalidad durante veinte días; la parte referente al régimen municipal, durante ciento veintisiete; las enmiendas que se presentaron fueron 1.387, y de esas 1.387 enmiendas, 724 fueron presentadas y defendidas por la minoría republicana. Ese es, señores diputados, un caso típico de obstrucción parlamentaria; nada tiene que ver con ello la conducta de una minoría que defiende racionalmente sus puntos de vista y que, en el artículo que nos ocupa, ha llevado sus intervenciones a la máxima parquedad.
Y concretándome al tema objeto de la discusión de hoy, permitid que sintetice nuevamente la doctrina de las derechas que nosotros aquí defendemos, como venimos defendiendo constantemente.
A nuestro juicio, se ha planteado de un modo erróneo el problema de la enseñanza en el Estatuto, colocando frente a frente los derechos de la Generalidad y los derechos del Estado. Nosotros tenemos que mantener, por encima de todo, los derechos naturales e imprescindibles de la familia en materia de enseñanza. A la familia es a la que corresponde, no por derecho, sino por estricto deber, la suprema función instructiva y educadora; que la educación, señores, no es, en definitiva, más que la perfección de un ser naturalmente imperfecto, y los padres, responsables de la existencia de ese ser imperfecto, tiene, no el derecho, sino la obligación de perfeccionarlo por medio de la enseñanza; y como los padres, en la mayor parte de los casos, no pueden realizar esta labor instructiva y educadora, tiene que venir, como consecuencia, la escuela, que no debe ser más que una continuación de la familia y en ningún caso estar en contraposición con la enseñanza del hogar, so pena de abandonar espiritualmente al niño. Por eso nosotros sostenemos el principio, que el Sr. Sánchez Román encontraba algo pasado de moda, de la libertad de enseñanza, definiendo y garantizando, por encima de todo, el derecho de los padres de buscar para sus hijos aquellas enseñanzas, aquellas escuelas, aquellos profesores que sean la continuación de la enseñanza del hogar y una salvaguardia de los derechos que naturalmente le corresponden. Y al Estado no le toca aquí más que una función, que en el orden público, en el orden social, cumplir aquellas deficiencias y velar por el cumplimiento de determinados postulados comunes a la existencia de la sociedad. Por eso nosotros encontramos inadmisible, por defectuoso, el punto de vista que, por unos y otros, se mantiene. Aquí se va a substituir el principio, para nosotros inadmisible, del Estado docente por el principio de la Generalidad docente; aquí no hay un principio de libertad de enseñanza; aquí no queda garantizado ni el derecho de los padres, ni el de las instituciones naturalmente docentes para que puedan enseñar en Cataluña con arreglo a su criterio; aquí no hay más que una substitución de la docencia y del monopolio del Estado por el monopolio docente que se quiere entregar a los órganos de la Generalidad.
En cuanto al problema específico de la Universidad, también yo siento que, en nombre de nuestra doctrina, tenga que discrepar de pareceres tan autorizados como los de los Sres. Sánchez Román y Unamuno. Nosotros defendemos, ante todo, la autonomía de la Universidad. El Sr. Sánchez Román hacía una referencia muy certera a la crisis actual de la Universidad española; él la atribuía casi exclusivamente a que España no produce el personal científico necesario para impulsar esta obra de la cultura; pero si fuéramos a buscar más hondas raíces del mal, quizá las encontráramos en ese monopolio docente del Estado, que ha transformado las Universidades en meros establecimientos de expedición de títulos profesionales.
Yo pediría la autonomía no para la Universidad de Barcelona, que me parecería muy poco, sino para todas las Universidades españolas; una libertad de movimientos, una autonomía docente, pedagógica, administrativa, que no solamente sirviera para que se desplegaran ampliamente las actividades universitarias, sino para que la sociedad, y aquí está, señores, lo interesante, le prestara a la Universidad el calor, el apoyo y la asistencia que hoy le niega, porque no llega a las entrañas ni al corazón del pueblo. A esto es a lo que aspiramos nosotros para la Universidad: la creación de Universidades que puedan competir con las del Estado; yo defiendo este principio, a pesar de que soy catedrático universitario y perteneciente a un escalafón del Estado. Quisiera que en mi país pudieran, al lado de la Universidad de Cataluña, florecer las Universidades autónomas del tipo de las que existen en los Estados Unidos, en Bélgica, en Holanda, en Suiza, en todos aquellos países que van a la cumbre de la cultura, y que esas Universidades autónomas pudieran atraer todas esas energías sociales que hoy no van a estos centros de cultura por no encontrar allí un organismo vivo. Al mismo tiempo, señores diputados, queremos nosotros el mantenimiento de los organismos docentes del Estado, el mantenimiento de la Universidad tiene que cumplir esa función supletoria que corresponde al Estado, conforme al principio que nosotros sustentamos, y si en todo momento es necesario que exista esa Universidad del Estado, más necesario que nunca lo es en los instante actuales en Cataluña.
Yo no voy a reproducir argumentos expuestos certeramente por el Sr. Sánchez Román; pero no es para nadie un secreto que esa Universidad bilingüe que hoy se va a conceder a Cataluña, o que la Universidad autónoma que, en otra hipótesis, pudiera constituirse, no serán más que un instrumento de catalanización, mejor podríamos decir de desespañolización, que acabaría con todo germen de cultura española dentro del ámbito a que alcanzara la actividad de la Universidad catalana. Por eso yo pido facultades para que Cataluña se le permita crear los Centros superiores de enseñanza que tenga por conveniente, pero que el Estado mantenga sus órganos propios con objeto de garantizar la cultura española y los derechos de los españoles, no catalanes, que residan en Cataluña y que aspiren a una enseñanza superior. Y no se me puede argumentar que sería muy poco conceder a Cataluña una Universidad si no se le da, al mismo tiempo, la facultad de otorgar los títulos profesionales. En primer lugar, punto es éste que nosotros no podemos discutir porque está resuelto en el art. 48 de la Constitución; pero, en segundo término, ¿es que es función esencial de la Universidad el otorgar los títulos profesionales? ¿Tiene algo que ver esa parte meramente adjetiva, secundaria, de la actividad docente con lo que es la substancia de la Universidad, que no es, en definitiva, más que elaborar la ciencia, promover la formación de núcleos científicos y corregir, con la amplitud de la doctrina, los excesos de especialización propios de la cultura moderna, como hacía muy bien notar D. Francisco Giner de los Ríos? Pues a todo eso totalmente ajena la función de otorgar los títulos profesionales. Por eso nosotros seguimos defendiendo la facultad para Cataluña de crear los centros docentes que tenga por conveniente; pero que el Estado mantenga los suyos como supremo vigilante de la cultura nacional. Y como nada de esto encontramos en el dictamen de la Comisión, como ésta no garantiza la verdadera libertad de enseñanza, ni deja a salvo los derechos del Estado de Cataluña, porque lo que hace es entregar la Universidad española, ya organizada, atada de pies y manos al nacionalismo catalán, nosotros, en nombre de nuestra doctrina y de una convicción patriótica hondamente sentida, tan hondamente como la vuestra, anunciamos q ue, sintiéndolo mucho, votaremos en contra del dictamen de la Comisión.
Cierra España.
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